Depósitos bancarios y bonos soberanos no pagan Bienes Personales

Las modificaciones al Impuesto a los Bienes Personales dejaron intacta una vía tradicional para evitar el pago pleno por ahorros y colocaciones financieras. Como el tributo se calcula sobre las tenencias al 31 de diciembre de cada año, si antes de ese día se mueve dinero a cajas de ahorro o plazos fijos bancarios, tanto en pesos como en dólares, esas tenencias no forman parte de la base imponible para un tributo que por la Ley de Emergencia pasó de una alícuota mínima del 0,25% al 0,5%. Con todo, para los especialistas no conviene dejar los ahorros en colocaciones exentas sólo por unos pocos días, la AFIP puede penar a quien lo hace.

El dinero en depósitos bancarios, tanto en dólares como en pesos, y colocado en bonos soberanos argentinos, no paga Impuesto a los Bienes personales. La exención no es nueva, es un movimiento tradicional de ahorristas en cada cierre de ejercicio, en un intento por reducir la carga impositiva a la que están sometidos sin violar la ley.

La Ley que regula el Impuesto a los Bienes Personales enumera entre sus exenciones ?los títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por la Nación, las provincias, las municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires?. También los depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en las instituciones comprendidas en el régimen de la Ley Nº 21.526, a plazo fijo, en caja de ahorro, en cuentas especiales de ahorro o en otras formas de captación de fondos de acuerdo con lo que determine el Banco Central de la República Argentina.