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 El Cronista Finanzas y Mercado

El cepo complica pagos en el exterior de bonos de empresas argentinas

Las restricciones para transferir fondos impiden el pago de intereses y amortización de bonos con legislación local si el tenedor es una persona jurísica. El desembolso se hace, pero no se concreta el giro. Ya afectó a IRSA.

El cepo complica pagos en el exterior de bonos de empresas argentinas

El control de cambios impuesto por el Banco Central (BCRA) cumple dos semanas, y si bien el dólar presenta una aparente estabilidad en el mercado de contado, en otros terrenos hay algunas complicaciones. En el caso de la operación Mep o "contado con liqui", creció el volumen y se disparó el precio, llevando la brecha entre estos segmentos y el precio de contado a niveles cada vez más altos. No obstante, lo que más ruido hizo en la City porteña últimamente fueron las restricciones para girar dólares al exterior.

Ya se sabía que las personas jurídicas, desde el lunes de la semana pasada, no pueden girar divisas a cuentas internacionales. Sin embargo, esta limitación cobró mayor protagonismo luego de que los inversores no humanos que no tienen cuenta en el país no pudieran cobrar intereses y amortización de una ON de IRSA. 

La empresa compró en el mercado u$s 90 millones e hizo la transferencia a la caja de valores. Pero luego Clearstream, el encargado de transferir los fondos, no pudo hacerlo en los casos en los que el tenedor del bono y receptor de los dólares es una persona jurídica con cuenta en el exterior. 

Por su parte, Clearstream informó a sus clientes mediante un comunicado que, por la restricción del BCRA, "los ingresos y los ingresos de reembolso adeudados en monedas que no sean pesos argentinos no se pueden cobrar ni pagar a ninguna cuenta que tenga una persona jurídica fuera de Argentina". 

La restricción se aplica solo sobre le deuda emitida bajo ley nacional; los de legislación neoyorquina, por ejemplo, no tendrían limitaciones. "Cuando paga un bono cuya ley es de Nueva York, no hay problema: se pagan en el exterior, porque eso dice la legislación", explicó una fuente ligada al Central.

Por eso es que el tenedor de deuda de Irsa que es persona humana no tuvo problemas para recibir el pago, porque ese segmento no tiene restricciones para girar fondos.   

Aclarado todo esto, la responsabilidad de Irsa en el impago quedaría relegada.

Resta esperar a lo que suceda la semana que viene. En primer lugar, lo que pasará cuando se paguen otros compromisos, como la deuda de Salta; y, en segundo lugar, si el Central desenredará este mecanismo para que los todos los bonistas cobren por igual en tiempo y forma.